ARTICULO 1º.- ACEPTASE el veto parcial, que mediante Decreto Municipal Nº
419/93, efectuara el Ejecutivo Municipal a la Ordenanza Fiscal que sancionara este
Concejo Deliberante en fecha 11 de mayo del año en curso.
ARTICULO 2º.- MODIFICASE el artículo 106, Título II, de la Ordenanza Municipal
Nº 1110/93, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“
ARTICULO 106.- Las tributaciones de esta Tasa se hará en base a la Declaración
Jurada de Ingresos, la que se aplicará en función de las alícuotas que se establecen
en la Ordenanza Tarifaria en vigencia.”.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1119 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 09/06/1993.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 495 / 93.-