ARTICULO 1º.- AUTORIZASE con carácter de provisorio, a ocupar la vía pública al
Círculo de Artesanos, con la implantación de dos (2) stand, para la exposición y
venta de artículos regionales, en la vereda comprendida entre el edificio de la
Administración Nacional de Aduana y la Plazoleta Guaraní.
ARTICULO 2º.- La autorización conferida mediante el artículo 1º tendrá vigencia
hasta tanto den comienzo los trabajos de remodelación de dicho sector,
contemplando el proyecto el sector donde serán ubicados definitivamente.
ARTICULO 3º.- Dichos stands, responderán en un todo de acuerdo a la normativa
en vigencia.
ARTICULO 4º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1085 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 15/12/1992.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1369 / 92.-