Ordenanza N° 1079 NO

Datos de la ordenanza
Número
1079
Fecha de sanción
02/12/1992
Vigencia
NO
Decreto
1316
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- DESIGNASE con el nombre “Monte Susana”, a la arteria

comprendida entre los Macizos 23, 33 y 20, de la Sección “H”, desde la calle Dr.

Hipólito Yrigoyen hasta su intersección con la calle Juan Buezas.

ARTICULO 2º.- DESIGNASE con el nombre Isla de San Pedro, a la arteria

comprendida entre los Macizos 23, 24, 20, 21, 19, 17 y 16 de la Sección “H”, desde

la calle Dr. Hipólito Yrigoyen, hasta su intersección con la calle Congreso Nacional.

ARTICULO 3º.- DESIGNASE con el nombre Constitución Fueguina a la arteria

comprendida entre los Macizos 24, 25, 21, 22, 17 y 18, de la Sección “H”, desde la

calle Dr. Hipólito Yrigoyen, hasta su intersección con la calle Congreso Nacional.

ARTICULO 4º.- DESIGNASE con el nombre Sargento 1º Salvador Molina, a la

arteria comprendida entre los Macizos 25, 22 y 18 de la Sección “H” y los Macizos

99 y 85a de la Sección “B”, desde la calle Dr. Hipólito Yrigoyen, hasta su

intersección con la calle Congreso Nacional.

ARTICULO 5º.- DESIGNASE con el nombre Congreso Nacional, a la arteria

comprendida entre los Macizos 73, 101, 84a y 85a de la Sección “B” y los Macizos

18, 17, 16, 15, 11 y 12 de la Sección “H”, desde la calle Juan Domingo Perón hasta

su intersección calle por medio con el Macizo 4 de la Sección “H”.

ARTICULO 6º.- DESIGNASE con el nombre Juan Buezas, a la arteria comprendida

entre los Macizos 22, 18, 21, 17, 20, 19 y 33 de la Sección “H”, desde la calle

Sargento 1º Salvador Molina, hasta su intersección calle por medio con el Macizo 33

de la Sección “H”.

ARTICULO 7º.- DESIGNASE con el nombre “Independencia”, a la arteria

comprendida entre los Macizos 25, 22, 24, 21, 23 y 20, de la Sección “H”, desde la

calle Sargento 1º Salvador Molina, hasta su intersección con la calle Monte Susana.

ARTICULO 8º.- EXCEPTUASE al nombre designado mediante el artículo 6º de la

presente Ordenanza Municipal, de lo establecido en el artículo 3º de la Ordenanza

Municipal Nº 113/84.

ARTICULO 9º.- El Departamento Ejecutivo, por el área que corresponda, procederá

a la señalización de las calles mencionadas precedentemente.

ARTICULO 10.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1079 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 02/12/1992.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1316 / 92.-

Observaciones
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