Ordenanza N° 1052 NO

Datos de la ordenanza
Número
1052
Fecha de sanción
23/09/1992
Vigencia
NO
Decreto
1129
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1º.- DENOMINASE Servicio de Extracción o Desagote de cámaras

sépticas o pozos absorbentes que contengan residuos digeribles por

descomposición bacteriana y absorbibles por redes colectoras públicas, a todo

aquel que se presta mediante la utilización de Camiones Atmosféricos.

ARTICULO 2º.- Los equipos atmosféricos enunciados en el artículo 1º de la

presente, deberán contar con el certificado de aptitud técnica otorgado por la

Autoridad de Aplicación, quien actuará en todo de acuerdo con las Leyes,

Ordenanzas y/o Reglamentaciones vigentes a la fecha, sean éstas de orden

Nacional o Provincial.

ARTICULO 3º.- Prohíbese expresamente la extracción o desagote de cámaras que

contengan residuos industriales o comerciales contaminantes.

ARTICULO 4º.- La Autoridad de Aplicación, indicará el lugar donde se vaciarán los

líquidos residuales provenientes de las extracciones o desagotes.

ARTICULO 5º.- A los efectos de la Habilitación Comercial, y siendo la presente una

actividad propia de una Empresa de Servicios, se establece su ubicación en la

Quinta (5º) Categoría de la Ordenanza Tarifaria vigente.

ARTICULO 6º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, reglamentará la presente en

un plazo de treinta (30) días.

ARTICULO 7º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1052 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 23/09/1992.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1129 / 92.-

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