ARTICULO 1º.- DESAFECTASE a partir de la promulgación de la presente del uso
de Espacio Verde, el Macizo 54a, de la Sección “L” de la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 2º.- EXCEPTUASE de la reglamentación establecida en el Código de
Planeamiento Urbano vigente, en cuanto a superficie mínima de lote para la zona
R3, a los lotes 2, 3, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29,
30, 31, 32, 33 y 34 del Macizo 54A, de la Sección “L” de la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 3º.- AFECTASE a la Parcela 24 del Macizo 54A, de la Sección “L”,
como Espacio Verde, con una superficie de 1943,63 m2.
ARTICULO 4º.- Lo establecido en los artículos 1º, 2º y 3º, será según plano de
mensura TF 1-28-92, que como Anexo I formará parte integrante de la presente
Ordenanza.
ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1040 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 30/09/1992.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 1011 / 92.-