Ordenanza N° 1014 NO

Datos de la ordenanza
Número
1014
Fecha de sanción
26/08/1992
Vigencia
NO
Decreto
808
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1º.- ACEPTASE el uso del local para lavado y engrase de automotores

propuesto para el predio ubicado en la Sección “B”, Macizo 50, Parcela 5, propiedad

del señor Ramón A. FAJARDO.

ARTICULO 2º.- Aplícase al local mencionado en el artículo 1º, las normas

establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 163/85, Anexo I, referente a talleres

mecánicos, exceptuándose al mismo del cumplimiento en lo que respecta a la

superficie máxima para talleres ubicados en la zona R1, autorizándose una

superficie máxima de 80,52 m2, de acuerdo al anteproyecto presentado.

ARTICULO 3º.- El local comercial para lavado y engrase de automotores, propiedad

del señor Ramón A. FAJARDO, deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en

la Ordenanza Municipal Nº 114/84, referida a ruidos molestos.

ARTICULO 4º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1014 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 26/08/1992.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 808 / 92.-

Observaciones
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