ARTÍCULO 1°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, en los términos de la Ordenanza 2487 y a través de las áreas que correspondan, informe sobre lo siguiente: 1) cantidad y naturaleza de las Unidades Gastronómicas Móviles (UGM) debidamente habilitadas en el ejido urbano de la ciudad de Ushuaia; 2) denominación del comercio, nombre o razón social del titular y ubicación geográfica de las mismas; 3) cantidad de inspecciones de Habilitación, Bromatología e Higiene y Transporte realizados en el año 2024 con individualización de cada UGM, establecimiento o estructura inspeccionado; 4) cantidad de actas de infracción labradas con identificación de la sanción a aplicar; 5) cantidad de clausuras preventivas o decomiso de mercaderias dispuesto con identificación de la UGM, estructura o establecimiento objeto del procedimiento; 6) en especial la cantidad de inspecciones realizadas en las estructuras precarias ubicadas en los sectores de: a) Laguna del Diablo, sobre Alem y 12 de Octubre; b) avenida Malvinas Argentinas vereda del "Cochocho Vargas"; c) Hipólito Irigoyen frente al acceso al Pipo, puerta de la Escuela Provincial N.° 13; d) cualquier otro que haya efectuado. 7) qué tipo y cuales controles se vienen realizando a la fecha sobre los chulengos instalados en muchas esquinas de la ciudad de Ushuaia.